DIRECCIÓN DE CARRERA POSTGRADO

Dependencia: Secretaría de Investigación y Postgrado (ESTRUCTURA HORIZONTAL)

COMPETENCIA

Realizar la conducción ejecutiva del programa académico de la carrera a su cargo, en el marco de la planificación y estrategias aprobadas para el ciclo, garantizando que el proceso académico reúna los requisitos compatibles con la calidad exigida para su acreditación y evaluación externa.

Intervenir, en ámbito del Comité de Postgrado, en el diseño de la propuesta de los mecanismos de autoevaluación institucional para los ámbitos de gestión, docencia, investigación, y extensión, que incluyan herramientas de evaluación de la calidad con consulta a los diferentes actores participantes (docentes, alumnos, etc.) y que dé cuenta del funcionamiento de la carrera como de los logros alcanzados. 

FUNCIONES ESPECÍFICAS

Aplicar la planificación aprobada de la carrera y asegurar los mecanismos de seguimiento, revisión y evaluación de su desarrollo, proponiendo las medidas y estrategias correctivas que sean pertinentes a los objetivos.

  1. Articular y coordinar en ámbito del Comité de Postgrado las acciones a desarrollar en la carrera de su competencia, proponiendo las estrategias necesarias que aseguren el logro de los objetivos de la carrera, el perfil del egresado y el plan de estudios.
  2. Realizar el seguimiento de la Programación Académica aprobada, de las asignaturas, cursos, módulos, seminarios u otras denominaciones, en particular respecto al cumplimiento de los objetivos, contenidos, metodología con la cual se desarrollará, descripción analítica de las actividades teóricas y/o prácticas, bibliografía y forma de evaluación a utilizar, que asegure que el alumno adquiera habilidades y destrezas para la práctica profesional.
  3. Atender la aplicación de la reglamentación teniendo en cuenta los requisitos de cada asignatura, mediante el esquema de correlatividades aprobado, ajustado a la dependencia epistemológica de los conocimientos, que garantice la formación de postgrado a su cargo.
  4. Elaborar los informes que sean pertinentes para registrar en los legajos de la trayectoria de los docentes que se desempeñan en su ámbito.